# Medicamentos genéricos: trámites en Honduras

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En Honduras el nombre genérico corresponde a la denominación común internacional (DCI) de la OMS. El medicamento genérico se registra como producto farmacéutico de uso humano, con la misma vía que una presentación de referencia.

Revisado: 2026-09-28

## Qué trámite sigue

Requiere registro sanitario.

La denominación común internacional (DCI), también llamada nombre genérico, identifica la sustancia farmacéutica o el principio activo y es asignada por la OMS. (Fuente: [ARSA: Reglamento de Productos Farmacéuticos (Acuerdo 0418-ARSA-2023)](https://arsateca.arsa.hn/wp-content/uploads/2025/08/REGLAMENTO-PF_converted.pdf), artículo 4, definición de Denominación común internacional (DCI).)

| Si su producto es | Ruta | Trámite | Fuente |
| --- | --- | --- | --- |
| Medicamento con el mismo principio activo que una referencia, en forma y concentración documentadas | Requiere registro sanitario | [Nuevo Registro Sanitario de Medicamentos de Uso Humano](https://regesahn.com/tramites/registros-sanitarios/medicamentos-de-uso-humano) | [ARSA: Reglamento de Productos Farmacéuticos (Acuerdo 0418-ARSA-2023)](https://arsateca.arsa.hn/wp-content/uploads/2025/08/REGLAMENTO-PF_converted.pdf), artículo 71 |

## Trámites

- [Nuevo Registro Sanitario de Medicamentos de Uso Humano](https://regesahn.com/tramites/registros-sanitarios/medicamentos-de-uso-humano)


## Genérico no es otro trámite

ARSA no publica en el Reglamento PF un registro aparte llamado «genérico». La solicitud es [registro sanitario de medicamentos de uso humano](/tramites/registros-sanitarios/medicamentos-de-uso-humano), con nombre comercial propio y nombre genérico (DCI) en la solicitud (artículo 71).

El artículo 24 del Reglamento menciona que el farmacéutico puede ofrecer un equivalente genérico en dispensación cuando el paciente acepte; eso regula la farmacia, no sustituye el registro del producto que importará.

## Bioequivalencia y documentación

El Reglamento define bioequivalencia y medicamento bioequivalente en el artículo 4. Si ARSA o el RTCA aplicable exigen estudios para su presentación, deben figurar en el expediente. Esta página no anticipa qué estudio pide cada molécula.

Compare forma farmacéutica y vía con las páginas de [comprimidos](/productos/productos-farmaceuticos/medicamentos-orales-comprimidos-y-capsulas) o [inyectables](/productos/productos-farmaceuticos/inyectables-y-medicamentos-parenterales) según su producto.

## Cómo se define el trámite

REGESA revisa DCI, fabricante, presentación y requisitos de la ficha antes de gestionar el registro. Un [suplemento](/comparar/suplemento-natural-o-medicamento) no entra por esta vía aunque comparta una vitamina en la etiqueta.

## Fuentes

- [ARSA: Reglamento de Productos Farmacéuticos (Acuerdo 0418-ARSA-2023)](https://arsateca.arsa.hn/wp-content/uploads/2025/08/REGLAMENTO-PF_converted.pdf)

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## Consulte su caso con REGESA

Le ayudamos a revisar su caso, identificar el trámite y entender los requisitos aplicables. [WhatsApp](https://wa.me/50499894654?text=Hola%20REGESA%2C%20quiero%20registrar%20medicamentos%20gen%C3%A9ricos%20ante%20ARSA.%20Estoy%20viendo%3A%20https%3A%2F%2Fregesahn.com%2Fproductos%2Fproductos-farmaceuticos%2Fmedicamentos-genericos) o [tramites@regesahn.com](mailto:tramites@regesahn.com).
