Requiere registro sanitario
Materiales dentales: trámites en Honduras
La cera ortodóntica y los dientes para prótesis requieren registro según el listado de ARSA. La Guía ofrece ejemplos de materiales dentales en Clase IIA. Inferimos informe y registro para esos ejemplos; no una clase para todo material dental.
La sección J exige registro sanitario para cera ortodóntica y dientes para prótesis, que ya no se consideran exonerados. (ARSA: comunicado C-ARSA-013-V1 (abre en otra pestaña), sección J, ítems 4 y 6 (p. 9))
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Qué trámite sigue según su producto
Productos del listado
Texto literal del C-ARSA-013-V1 (abre en otra pestaña). Si su producto no coincide exactamente con un ítem, consúltenos antes de importar. Los demás productos del listado están en el buscador del listado.
Sección J: dispositivos que ya no se consideran exonerados del listado anterior y que requieren un registro sanitario
Ya no está exonerado: requiere registro sanitario
- J.4 Cera ortodóntica.Ya no está exonerado: requiere registro sanitario. C-ARSA-013-V1, sección J, ítem 4 (p. 9).
- J.6 Dientes para prótesis.Ya no está exonerado: requiere registro sanitario. C-ARSA-013-V1, sección J, ítem 6 (p. 9).
Dos materiales que cambiaron de ruta
La cera ortodóntica y los dientes para prótesis figuran en la sección de productos que ya no están exonerados y requieren registro (C-ARSA-013-V1, J.4 y J.6, p. 9). La página no les asigna una clase de riesgo: el listado fija la ruta, no la clase.
Los ejemplos de Clase IIA conservan sus condiciones
La Guía coloca resinas y adhesivos dentales en Clase IIA dentro del uso prolongado en cavidad bucal, sin absorción por mucosas (regla 5, p. 17). También incluye materiales de obturación dental y pines en IIA, en la fila de dispositivos colocados en los dientes (regla 8, p. 21).
Son ejemplos determinados. No equivalen a afirmar que toda sustancia que usa un odontólogo sea un dispositivo de Clase IIA. REGESA revisa el uso previsto y la composición del material antes de preparar su clasificación.
Para los productos de la sección J, el registro exige previamente el informe de clasificación (Reglamento, artículos 31 y 33).
Cómo se define el trámite
La ruta al informe de clasificación por riesgo y después al registro sanitario es una inferencia editorial para los ejemplos de la Guía. Se apoya en los artículos 31 y 33 del Reglamento de Dispositivos Médicos. La Guía orienta; el informe determina la clase del producto concreto.
Existe una diferencia entre fuentes sobre la constancia previa. El artículo 53 permite solicitarla cuando el producto falta del listado. La Nota del C-ARSA-013-V1 (p. 13) dice que debe solicitarse. El C-ARSA-015-V1 (p. 17 y 18) permite pedirla para definir la condición del producto y aclara que no sustituye su autorización. REGESA revisa esa diferencia al preparar su expediente.
Requisitos oficiales del trámite
Fuentes consultadas
- ARSA: comunicado C-ARSA-013-V1 (abre en otra pestaña)
- ARSA: Guía de Clasificación por Riesgo de Dispositivos Médicos (2025) (abre en otra pestaña)
- ARSA: Reglamento de Dispositivos Médicos (Acuerdo 0631-ARSA-2023) (abre en otra pestaña)
- ARSA: comunicado C-ARSA-015-V1 (abre en otra pestaña)
Revisado por Equipo editorial de REGESAFuentes verificadas el
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Mi dispositivo médico no está en el listado de exoneradosSi su dispositivo médico no aparece en el listado vigente de ARSA, el camino depende de si hay duda sobre lo que es. Nuestra lectura de los artículos 28, 31 y 53 es que un dispositivo médico claro sigue el informe y el registro (inferencia). Las fuentes difieren sobre la obligación de pedir primero la constancia.
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Odontología: qué productos están exonerados y cuáles requieren registroLa sección G exonera 53 entradas odontológicas. La cera ortodóntica, los dientes para prótesis y el sillón descrito en J requieren registro. Algunos productos de laboratorio dental de K no requieren autorización de ARSA.
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