Modificación de Registro Sanitario de Plaguicidas de Uso Doméstico y de Uso Profesional
Modificación de registro de plaguicida de uso doméstico o profesional, conservando el número original cuando el cambio cabe en los supuestos del RTCA.
- ¿Cuánto cuesta?
- Depende de la clase, la modalidad, la vigencia y el plazo. Se la confirmamos por escrito antes de empezar.
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Requisitos oficiales de ARSA
- Solicitud de modificación
Solicitud en el formulario del RTCA para modificación de registro.
- Soporte según el cambio
Documento legal, etiqueta, licencia o permiso, certificado de libre venta, análisis cuali-cuantitativo o documento técnico según el tipo de modificación.
Cambios que conservan el registro
El RTCA permite modificar el registro conservando su número original para inclusión o exclusión de uso, país de origen, razón social de fabricante o formulador, aditivos que no cambien ingredientes activos ni concentraciones, marca, formulador o reenvasador y otros cambios justificados sin mayor riesgo (RTCA 65.03.44:07, numeral 6, PDF p. 10).
Documentos que varían por cambio
El Anexo D exige solicitud para todos los supuestos. Cambio de marca exige documento legal y proyecto de etiqueta. Cambio de formulador o reenvasador exige licencia o permiso. Inclusión o exclusión de uso exige documento técnico y certificado de análisis cuali-cuantitativo (PDF p. 23).
Origen o aditivos
Para cambio o ampliación del país de origen se exige certificado de libre venta, certificación de que el producto no cambió y análisis cuali-cuantitativo. Para aditivos se exige justificación técnica de menor o igual toxicidad y análisis cuali-cuantitativo (Anexo D, PDF p. 23).
Consulte el glosario para entender los términos de este trámite.
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Fuentes oficiales
- ARSA: Productos Farmacéuticos
- ARSA: Calcular cuota de recuperación
- ARSA: RTCA 65.03.44:07, numeral 6 y Anexo D (modificación de plaguicidas)
Verificado el: 28 de septiembre de 2026