Notificación de Registro Sanitario de Radiofármacos

Notificación de cambios de un radiofármaco que no requieren aprobación previa según el Reglamento de Productos Farmacéuticos.

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Requisitos oficiales de ARSA

  1. Solicitud de notificación

    Solicitud que identifica el producto, tipo de cambio, titular, fabricante, envase y presentación cuando corresponda.

  2. Poder y comprobante

    Poder autenticado o cotejado con que actúa, y comprobante de cuota de recuperación.

  3. Soporte del cambio notificado

    Notificación firmada por el profesional responsable y los soportes específicos del cambio según el artículo 84.

Cambios que se notifican

La notificación cubre cambios que no requieren aprobación previa, como material o dimensiones del empaque secundario, diseño de etiquetado, discontinuación de presentaciones, información de seguridad, distribuidor o fabricante del principio activo (Reglamento de Productos Farmacéuticos, artículo 84, PDF pp. 57-58).

Cambio de seguridad o etiquetado

Para información de seguridad se exige la monografía e inserto con el cambio señalado. Para diseño de etiquetado se exigen el documento que declara el cambio y los empaques o proyectos (artículo 84, PDF p. 58).

Producto radiofarmacéutico

El artículo 74 describe para el registro de radiofármacos dosimetría, estabilidad y un plan de seguridad de manejo, transporte, almacenamiento y desecho. Los soportes de esta notificación se rigen por el artículo 84 y el cambio concreto (PDF pp. 47-48 y 57-58).

Consulte el glosario para entender los términos de este trámite.

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Fuentes oficiales

Verificado el: 28 de septiembre de 2026